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jueves, 28 de abril de 2016

La Comisión Europea, ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por incumplimiento de una sentencia sobre la Estiba

FERRYBALEAR, Puertos y Navieras

La Comisión Europea ha perdido la paciencia, y conforme al guión anunciado en octubre del año pasado, ha iniciado el trámite para que se multe a España por incumplir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, el TSJUE, en Luxemburgo.

La Comisión ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por incumplimiento de una sentencia anterior del Tribunal relativa a la libertad de establecimiento en los puertos españoles (Sentencia de 11 de diciembre de 2014, Asunto C-576/13).

En esta sentencia, el Tribunal declaró que la obligación de que las empresas estibadoras que operan en puertos españoles se inscriban en una sociedad central, se integren como partícipes en el capital de la misma y contraten prioritariamente personal puesto a disposición por dicha sociedad, va en contra del artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFEU).

Hasta la fecha, España no ha abordado convenientemente los problemas identificados en la sentencia del Tribunal de Justicia; por consiguiente, la Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por incumplimiento de la sentencia de 11 de diciembre de 2014.
 

La Comisión invita a España a efectuar lo antes posible las reformas necesarias para cumplir esta sentencia; de lo contrario, el Tribunal de Justicia podría decidir imponer sanciones financieras a España.

Contexto
En diciembre de 2014, Tribunal de Justicia de la UE sentenció que la legislación española en materia de trabajadores portuarios es contraria a la libertad de establecimiento consagrada en el artículo 49 del TFEU. Dicha legislación obliga a los demás Estados miembros que deseen ejercer la actividad estibadora en puertos españoles de interés general a inscribirse en la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP) y a integrarse como partícipes en el capital de la misma. Además, las empresas estibadoras están obligadas a contratar prioritariamente personal puesto a disposición por esta sociedad.

Las autoridades españolas tenían de plazo hasta febrero de 2015 para informar a la Comisión acerca de las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal. Hasta el día de hoy no se han adoptado medidas conformes con dicha sentencia ni se han comunicado a la Comisión Europea plazos precisos para ponerlas en práctica.
 

La Comisión tardará de 1 a 2 meses en remitir el procedimiento al Tribunal y este tardará de 4 a 8 meses en imponer sanciones.
Lo que ha podido saber este medio es que durante todo este tiempo la Comisión no ha estado en silencio y ha propuesto a España numerosas vías de solución del problema con ejemplos en la práctica de la estiba en otros puertos de la UE, que sin embargo, no quiere nombrar para evitar agravios comparativos. Estas "buenas prácticas" de otros puertos han sido trasladadas al gobierno de España para que tomase las medidas adecuadas y se reflejasen en la salida negociada al cumplimiento de la sentencia. Pero esto no se ha dado y, por eso, está perdiendo la Comisión la paciencia.

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