Según el TJUE, España “no ha demostrado que las medidas adoptadas sean
necesarias ni proporcionadas” y ha indicado que existen medidas “menos
restrictivas e idóneas” para garantizar el empleo y el servicio público
de manipulación de las mercancías.
FERRYBALEAR, CdS.
Este jueves 11 de diciembre, tal y como se preveía, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado contra el sistema de estiba español y ha dado la razón a la Comisión Europea al considerar que las barreras impuestas por la legislación española vulneran el principio de libertad de establecimiento, recogida en el tratado fundacional de la UE.
En concreto, según el TJUE, las obligaciones que impone la normativa española pueden “impedir a las empresas estibadoras extranjeras establecerse en los puertos españoles de interés general para desarrollar en ellos una actividad de manipulación de mercancías”.
Así, se falla a favor de la demanda presentada en noviembre de 2013 por la CE que apuntaba a la exclusividad que tienen los estibadores de la Sagep a la hora de realizar la carga y descarga de contenedores, no permitiéndose contratar personal externo a la sociedad, ni de forma permanente ni temporal.
A este hecho se le une, además, la obligatoriedad para las empresas estibadoras de pertenecer, accionarialmente, a la Sagep, condiciones que desde la CE se consideraron como posibles barreras para entrar en el mercado español.
España admitió durante el procedimiento judicial que esta normativa restringe la libertad de establecimiento, pero la justificó por dos motivos. Por un lado, alegó que el servicio portuario de manipulación de mercancías constituye un servicio de interés general sujeto a obligaciones de servicio público cuyo objeto es garantizar la regularidad, continuidad y calidad del servicio. Por el otro, dicha restricción es necesaria para garantizar la protección de los trabajadores, que constituye una razón imperiosa de interés general, según las autoridades españolas.
Sin embargo, el Tribunal europeo ha rechazado estos argumentos y ha considerado que “la restricción a la libertad de establecimiento, que resulta del régimen portuario español, constituye una restricción que va más allá de lo que resulta necesario para alcanzar los objetivos perseguidos y que, por consiguiente, no está justificada”.
“España no ha demostrado que las medidas adoptadas sean necesarias ni proporcionadas en relación con los objetivos perseguidos”, señala el fallo. Para el TJUE, “existen medidas menos restrictivas e idóneas para conseguir un resultado similar y para garantizar tanto la continuidad, regularidad y calidad del servicio de manipulación de las mercancías como la protección de los trabajadores”.
“Modernizar el sistema laboral”
Ante esta situación, en noviembre, ya la ministra de Fomento, Ana Pastor, se comprometió a abrir un análisis profundo y pormenorizado del sector para que la adaptación a las directrices que se han marcado desde el Tribunal de Luxemburgo se realicen de manera conjunta, entre todos los actores de la industria.
De este diálogo formarán parte los propios estibadores españoles, que también anunciaron una reunión con sus homólogos europeos para estudiar y cuestionar la estrategia de la UE a este respecto. En este sentido, durante la reunión de IDC Europa a finales de noviembre, los asistentes manifestaron su malestar por la actuación europea al considerar que su objetivo “claro” es “la desregulación del sector y la precarización de las condiciones de trabajo en los puertos”.
También, en más de una ocasión, se ha mostrado el malestar contra el Gobierno de España y, directamente, contra el presidente de Puertos del Estado, por los constantes mensajes contradictorios durante todo el proceso seguido por el Dictamen Motivado de la UE al sistema portuario español y la tramitación del mismo, especialmente la renuncia a las alegaciones orales ante el Tribunal de Luxemburgo.
En concreto, y según declaró el Frente Portuario, el máximo responsable de Puertos del Estado ha realizado “constantes e innumerables declaraciones y posicionamientos” que han ido “contra el Reino de España sobre la libertad de establecimiento, concretamente, sobre la regulación de la contratación de los estibadores”.
En cuanto a los terminalistas, que preveían este resultado en la contienda entre España y la CE, han expresado recientemente su deseo de “modernizar el sistema laboral para que se adapte a una economía global“. Así, desde Anesco se señalaba que esta será una oportunidad para “trabajar conjuntamente con el Gobierno y, a través del diálogo social, llegar a una transición que permita cumplir con la ley sin mucha demora“.
En concreto, según el TJUE, las obligaciones que impone la normativa española pueden “impedir a las empresas estibadoras extranjeras establecerse en los puertos españoles de interés general para desarrollar en ellos una actividad de manipulación de mercancías”.
Así, se falla a favor de la demanda presentada en noviembre de 2013 por la CE que apuntaba a la exclusividad que tienen los estibadores de la Sagep a la hora de realizar la carga y descarga de contenedores, no permitiéndose contratar personal externo a la sociedad, ni de forma permanente ni temporal.
A este hecho se le une, además, la obligatoriedad para las empresas estibadoras de pertenecer, accionarialmente, a la Sagep, condiciones que desde la CE se consideraron como posibles barreras para entrar en el mercado español.
España admitió durante el procedimiento judicial que esta normativa restringe la libertad de establecimiento, pero la justificó por dos motivos. Por un lado, alegó que el servicio portuario de manipulación de mercancías constituye un servicio de interés general sujeto a obligaciones de servicio público cuyo objeto es garantizar la regularidad, continuidad y calidad del servicio. Por el otro, dicha restricción es necesaria para garantizar la protección de los trabajadores, que constituye una razón imperiosa de interés general, según las autoridades españolas.
Sin embargo, el Tribunal europeo ha rechazado estos argumentos y ha considerado que “la restricción a la libertad de establecimiento, que resulta del régimen portuario español, constituye una restricción que va más allá de lo que resulta necesario para alcanzar los objetivos perseguidos y que, por consiguiente, no está justificada”.
“España no ha demostrado que las medidas adoptadas sean necesarias ni proporcionadas en relación con los objetivos perseguidos”, señala el fallo. Para el TJUE, “existen medidas menos restrictivas e idóneas para conseguir un resultado similar y para garantizar tanto la continuidad, regularidad y calidad del servicio de manipulación de las mercancías como la protección de los trabajadores”.
“Modernizar el sistema laboral”
Ante esta situación, en noviembre, ya la ministra de Fomento, Ana Pastor, se comprometió a abrir un análisis profundo y pormenorizado del sector para que la adaptación a las directrices que se han marcado desde el Tribunal de Luxemburgo se realicen de manera conjunta, entre todos los actores de la industria.
De este diálogo formarán parte los propios estibadores españoles, que también anunciaron una reunión con sus homólogos europeos para estudiar y cuestionar la estrategia de la UE a este respecto. En este sentido, durante la reunión de IDC Europa a finales de noviembre, los asistentes manifestaron su malestar por la actuación europea al considerar que su objetivo “claro” es “la desregulación del sector y la precarización de las condiciones de trabajo en los puertos”.
También, en más de una ocasión, se ha mostrado el malestar contra el Gobierno de España y, directamente, contra el presidente de Puertos del Estado, por los constantes mensajes contradictorios durante todo el proceso seguido por el Dictamen Motivado de la UE al sistema portuario español y la tramitación del mismo, especialmente la renuncia a las alegaciones orales ante el Tribunal de Luxemburgo.
En concreto, y según declaró el Frente Portuario, el máximo responsable de Puertos del Estado ha realizado “constantes e innumerables declaraciones y posicionamientos” que han ido “contra el Reino de España sobre la libertad de establecimiento, concretamente, sobre la regulación de la contratación de los estibadores”.
En cuanto a los terminalistas, que preveían este resultado en la contienda entre España y la CE, han expresado recientemente su deseo de “modernizar el sistema laboral para que se adapte a una economía global“. Así, desde Anesco se señalaba que esta será una oportunidad para “trabajar conjuntamente con el Gobierno y, a través del diálogo social, llegar a una transición que permita cumplir con la ley sin mucha demora“.
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